Beca de transporte curso 2019-20. Hasta el 10 de febrero de 2021.

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Abierto plazo de convocatoria pública de las ayudas individualizadas para el transporte escolar, curso 2019-2020

Martes, 12 de enero de 2021.

Con fecha 22 de Diciembre de 2020 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 14 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar por la que se efectua la convocatoria pública de las ayudas individualizadas para el transporte escolar en el curso académico 2019-2020.

El plazo de solicitudes es del 11 de enero de 2021 al 10 de febrero de 2021.

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Primero. Convocatoria y alumnado destinatario.
Mediante la presente resolución se convocan las ayudas individualizadas para el
transporte escolar en el curso académico 2019-2020 que de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de la Orden de 3 de diciembre de 2010 está dirigida al siguiente alumnado:
a) El alumnado del segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria, de
educación secundaria obligatoria, de bachillerato y de formación profesional inicial de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia, por inexistencia, en la misma, de la etapa educativa correspondiente, o que resida en núcleos dispersos de población o en edificaciones diseminadas y no pueda hacer uso de ninguna de las modalidades a que se refieren las letras a), b) y c) del artículo 7 del Decreto 287/2009, de 30 de junio.
b) El alumnado de la modalidad de artes de bachillerato y de ciclos formativos de
formación profesional inicial que, por su especificidad y dificultad de generalización, se encuentren implantados en centros docentes sostenidos con fondos públicos alejados de su localidad de residencia.
c) Excepcionalmente, se podrán conceder ayudas individualizadas para colaborar
en los gastos de transporte del alumnado beneficiario del servicio, entre su domicilio
y la parada establecida de la ruta escolar más cercana a dicho domicilio, cuando el
desplazamiento sea superior a dos kilómetros, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Decreto 287/2009, de 30 de junio.
Segundo. Cuantías de las ayudas.
Las cuantías de las ayudas individualizadas de transporte para esta convocatoria
correspondiente al curso 2019-2020 se diversificarán con arreglo a la siguiente escala:
A partir de 2 km para las enseñanzas obligatorias y de educación infantil, o de 5 km
en el caso de las enseñanzas postobligatorias, y hasta 10 km.: se concederá una cuantía de hasta 192 euros.
De más de 10 km a 30 km: Se concederá una cuantía proporcional al número de
kilómetros recorridos entre el domicilio familiar del alumnado y el centro docente en el que se encuentre matriculado, con un máximo de 386 euros.
De más de 30 km a 50 km: Se concederá una cuantía proporcional al número de
kilómetros recorridos entre el domicilio familiar del alumnado y el centro docente en el que se encuentre matriculado, con un máximo de 763 euros.
De más de 50 km a 100 km: Se concederá una cuantía proporcional al número de
kilómetros recorridos entre el domicilio familiar del alumnado y el centro docente en el que se encuentre matriculado, con un máximo de 937 euros.
A partir de 100 km: 937 euros

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